Transcribo la Carta
enviada por Dr. BADER RACHID LICHI al
Presidente del Tribunal Electoral Partidario de la ANR, por considerarla de mucho interés por la
experiencia de este Líder Colorado y como dice la frase: Una experiencia
bien realizada es siempre positiva.
Me dirijo al Señor Presidente a fin de poner a vuestra consideración aspectos neurálgicos con relación a las Elecciones
Internas Partidarias para elegir a los Candidatos al cargo de Intendentes y
Miembros de las Juntas Municipales que representarán a la Asociación Nacional Republicana – Partido Colorado en las
elecciones municipales del próximo 15 de noviembre del 2015. Y asi también la
de las futuras Autoridades Partidarias a realizarse en fecha 26 de julio del
año en curso.
Resulta preocupante la
realización de las dos internas partidarias mencionadas en el párrafo anterior
en “forma simultanea” en la fecha señalada como lo estableció la convención,
por la magnitud e importancia que ellas significan, atendiendo además la gran
magnitud de electores habilitados para ejercer su derecho al sufragio y con
derecho a votar. Sumado a esto, cada mesa deberá contar con doble Padrón y
doble cantidad de autoridades, consecuencia esta que generaría un riesgo mayor,
asimismo se debe tener también en consideración el costo económico que acarrearía
la presencia de veedores de los diversos movimientos y de candidaturas
independientes.
El financiamiento
requerido para llevar a cabo dicho acto, ya sea en concepto de materiales e
insumos (boletines de votos, actas electorales, urnas plásticas, tintas
indelebles, etc.) como así también la remuneración pecuniaria al personal
designado `para tal efecto, constituiría una erogación económica muy grande
para las partes, y que en caso de que no se haga efectivo el desembolso
correspondiente para hacer frente a las obligaciones, como hasta la fecha de
hoy, dicho pago no ha sucedido, y en consecuencia siendo dichas elecciones de
suma importancia se realizarían dentro de un ambiente de mucha precariedad y lo
cual conllevaría que las mismas sean realizadas de manera poco eficientes, no pudiéndose
garantizar que los electores habilitados para tal efecto puedan votar. Otro
punto que el Tribunal debe tener en consideración es el espacio físico necesario
que no se cuenta, para la realización del presente proceso, debido a como ya se
ha mencionado la gran cantidad de electores habilitados y siendo este punto de
suma importancia en razón de que en el mismo día, existen también elecciones
internas de los demás partidos políticos legalmente constituidos en la República
del Paraguay.
Otro aspecto a tener
en cuenta por el tribunal, es que las elecciones internas partidarias se
manejan exclusivamente a través del Tribunal Electoral Partidario (TEP), en
donde cualquier diferencia que pueda suscitarse se dirimiría dentro del mismo,
no así las internas municipales. En el caso de las Internas Municipales, si
surge algún inconveniente como seria alguna nulidad que eventualmente se
presente en alguna mesa habilitada para la votación, dicho procedimiento es jurisdicción
del tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), que es la última instancia
que entiende en esa cuestión. Son dos
instancias diferentes que se deben tener conocimiento a cabalidad como otro
punto del problema.
Resultan inconcebible
dos padrones en una misma mesa, atendiendo a que existen dos instancias
diferentes encargadas de juzgar pedidos de nulidad, tanto para las internas
municipales como partidarias.
Quisiera acotar Sr
Presidente del Tribunal que el Art. 2º de las Disposiciones Transitorias Aprobadas
por la Convención Extraordinaria del 22 de noviembre de 2014 dice “El mandato de las autoridades partidarias
surgidas de las elecciones realizadas el 13 de marzo de 2011, culmina el 27 de
abril de 2016, al cumplirse 5 años de su proclamación por el Tribunal Electoral
Partidario y este plazo no será alterado. Las autoridades elegidas el 26 de
julio de 2015, y proclamadas por el Tribunal Electoral Partidario, asumirá sus
cargos el 28 de abril de 2016…”. De lo expuesto precedentemente se colige
que el plazo del Mandato de la actual Presidencia del partido Colorado, fenece
en el año 2016 y de realizarse las elecciones en la fecha estipulada, y si de
las mismas resultare un candidato electo para la Presidencia de la Junta de
Gobierno, se estaría produciendo una DIARQUIA,
entiéndase como una forma de gobierno social en el que dos personas de la
realeza, o dos entes jurídicos importantes, ejercen el mismo poder pero con desigual
dignidad y autoridad. Se encuentran ejemplos de la diarquía a lo largo de toda
la historia y no siempre con buenas consecuencias para la población sujeta a
esta forma de gobierno. De hecho los diarcas,
al ser en general representantes de facciones tratan de imponer el uno sobre el
otro en razón de que el poder del primero (en este caso del futuro presidente
electo) se encuentra compartido de facto, pero no de derecho, con el actual
presidente.
Está claro que los
convencionales de la Convención Extraordinaria del 22 de noviembre de 2014, no
estaban dotados de poderes absolutos, el Estatuto Partidario regula sus propios
actos y esto es fundamental para que tales actos resulten siempre legales. En
efecto así como esta las cosas ello significaría la violación del Estatuto Partidario, del Orden Jurídico de
la Republica y de la Constitución Nacional, puesto que: No puede haber recorte,
extensión ni delegación de MANDATO porque este, además de ser intransferible, también
es inmodificable en cuanto a su naturaleza y duración, por ninguna autoridad,
ni siquiera la Convención.
Es también irrenunciable
en cuanto a su duración, jurisdicción y competencia, me refiero al Tribunal
Electoral Partidario, cuya organización, funcionamiento y fines están contemplados
en el Estatuto Partidario, así como su Reglamento Interno aprobado en octubre
del año 2014.-
Consecuentemente las
autoridades que salgan electas en las próximas elecciones no tendrán LEGITIMACION ACTIVA hasta su proclamación
del 28 de abril del 2016, lo cual acarrearía una ANARQUIA partidaria.-
Decía Heinrich Von Serbik “La posteridad encontrara difícil creer que
nosotros consideremos el silencio como un arma efectiva en este que es el siglo
de las palabras”, EL DESPRECIO A LA
OPINION PUBLICA ES COMO EL DESPRECIO A LOS PRINCIPIOS MORALES. Asimismo y en ese sentido citando a Talleyrand, aquel que fuera Ministro de
Relaciones Exteriores de Napoleón y luego de la caída de este, del restaurador
Rey Bordón, EN POLITICA HAY ALGO PEOR QUE
COMETER UN CRIMEN, Y ES COMETER UN ERROR”.-
Señor Presidente y
Señores Miembros del Tribunal Electoral Partidario, sirva tener presente la preocupación
de este antiguo luchador del partido por salvaguardar la Institucionalidad y la
gobernabilidad del Partido Colorado
Saludole muy
atentamente
Dr. Bader Rachid Lichi